La “unidad sobre convivencia ampliada”, la enmienda sobre la Xunta Con El Fin De los usuarios que viven solas citas
Por Oskar Vieitez Miercoles 27 sobre Enero, 2021 a las 10 21 de el Miercoles 27 sobre Enero, 2021
Este martes por la noche el cotidiano Oficial sobre Galicia (DOG) ha publicado por la pieza el decreto y por otra la orden que fija las nuevas restricciones para las proximas tres semanas. Estaran en vigor desde las 00.00 horas de el jornada 27 sobre enero y no ha transpirado Incluso el 17 de febrero.
La mayoridad de estas medidas son bien conocidas pero el DOG comprende la grupo sobre novedades igual que la referida a las personas que viven en solitario. Pensando en ellas, la Xunta genera la “unidad sobre convivencia ampliada”, que les exime de la norma que limita las reuniones a separado convivientes. Eso si, “cada unidad sobre convivencia puede integrar solamente an una unica sujeto que viva sola”. Por ejemplo, puede ser el caso sobre un vi?stago emancipado o la abuela que reside sola.
Una diferente excepcion a esta criterio esta pensada en los menores de permanencia cuyos progenitores nunca conviven en el tiempo domicilio.
El decreto tambien posibilita “la mitin de usuarios con vinculo matrimonial o sobre pareja cuando todos estos vivan en domicilios diferentes”. Es decir, esas usuarios que esten casadas o sean pareja podran reunirse no obstante vivan en domicilios variados.
Y se sigue permitiendo la agrupamiento de el cuidado, la consideracion, la concurrencia o el escolta a menores de 18 anos de vida, seres mayores o dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables.
Si bien la propuesta podria ser se opte por la mitin telematica, se continuan facilitando las reuniones por actividades laborales, institucionales, empresariales, profesionales, sindicales, sobre representacion sobre trabajadores y no ha transpirado administrativas, actividades en centros universitarios, educativos, de formacion desplazandolo hacia el pelo ocupacionales, “continuamente que se adopten las medidas previstas en las correspondientes protocolos sobre funcionamiento”.
Estas son, con respecto a las medidas anunciadas por Nunez Feijoo el anterior lunes, las grandes novedades que desvela el DOG en estas novedosas restricciones.
Por lo demas, lo esperado. Igual que el cerradura perimetral sobre todos los ayuntamientos de Galicia, en las que nunca se podra entrar ni irse salvo por causas justificadas. O el roce de queda, que se mantiene fijado dentro de las 22 00 y no ha transpirado las 06 00 horas.
La hosteleria, a partir de este miercoles, estara cerrada. Unicamente podran sostener su actividad de asistencia a hogar y no ha transpirado, como maximo, inclusive las 00 00 horas.
Las comercios tendran que es meet an inmate que cerrar sus puertas a las 18 00 horas asi como tendran que limitar su aforo al cincuenta%. La excepcion seran los establecimientos esenciales igual que supermercados, tiendas de alimentacion, farmacias, panaderias o gasolineras, que podran cerrar a las 21 30 horas.
Estas mismas limitaciones seran para las centros comerciales, que deberan cerrar aparte sabados, domingos asi como festivos.
Asimismo cierran las gimnasios, piscinas o centros deportivos. En el caso de la actividad deportiva al viento libre tendra que acontecer individual o con individuos convivientes y la mascarilla ademas ocurre an acontecer obligatoria, hasta de correr en la calle.
Este cerradura temporal se extiende, dentro de otras actividades, a los cines, teatros, auditorios, centros sociales, salones sobre juego, museos, bibliotecas o salas sobre conciertos
Por su pieza, las autoescuelas, academias desplazandolo hacia el pelo centros sobre educacion no reglada podran continuar impartiendo tipos presenciales, aunque con un aforo condicionado al cincuenta%; asi como los hoteles unicamente podran meter a visitantes que se desplacen por causas justificadas.
FUMAR, COMER O BEBER EN LA por medio de PUBLICA
El escrito del DOG igualmente indica que solo se podra beber, comer o fumar en la via publica, bajandose la mascarilla cuando la alma “lo efectue cese y no ha transpirado exteriormente de los sitios habituales sobre circulacion sobre los viandantes, de igual forma que, teniendo en cuenta la concebible concurrencia sobre personas y las dimensiones del sitio pueda garantizarse el sustento, en al completo momento, de la distancia de 2 metros con diferentes personas”.
VELATORIOS Y ENTIERROS
Las velatorios podran realizarse en cualquier prototipo de instalaciones, publicas o privadas, debidamente habilitadas con un margen maximum, en cada momento, de cinco individuos por tumulo, excepto convivientes, asi como 15 personas en el exterior.
La participacion en la comitiva de el entierro o despedida de cremacion sobre la cristiano fallecida se restringe a un extremo de quince seres no convivientes, dentro de familiares y no ha transpirado allegados, ademas sobre, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada sobre la confesion respectiva para la acto sobre los ritos funerarios sobre despedida de el difunto.
Los servicios de hosteleria existentes en los establecimientos funerarios permaneceran cerrados al publico.
LUGARES DE CULTO
El aforo maximum sobre los espacios destinados al culto debera publicarse en un sitio visible de las mismos. Nunca se podran ejecutar actuaciones de coros o agrupaciones vocales sobre canto. Nunca se permitira el aprovechamiento sobre agua bendita y las abluciones rituales deberan realizarse en vivienda. A lo largo de el desarrollo de estas reuniones o celebraciones se evitara el comunicacion personal, tocar o besar objetos sobre devocion u otros objetos que habitualmente se manejen.